Las asignaciones familiares son prestaciones de la seguridad social que tienen por finalidad dar cobertura a la contingencia social de cargas de familia, teniendo en cuenta las necesidades económicas que ésta supone.
El derecho del trabajo y la seguridad social consideraron siempre a la familia como una valor especial a proteger. La Iglesia Católica ha realizado un aporte en ese sentido.La doctrina social de la Iglesia enseña la necesidad de dar respuestas acordes a las necesidades socioeconómicas de cada tiempo. León XIII, conocido como el “Papa Obrero” en su encíclica Rerum novarum expresa la necesidad de cubrir las contingencias sociales. Allí impulsa la protección del trabajador por el número de familiares a su cargo y la adopción de medidas necesarias para que no le falte lo necesario en caso de enfermedad, desempleo, accidentes de trabajo y vejez.
En la encíclica Quadragesimo anno, el Papa Pío XI afirmó que el salario del jefe de hogar debe ser suficiente para mantener a su familia. En “Mater et magistra”, Juan XXIII sostiene que la retribución del trabajo debe permitir un nivel de vida “verdaderamente humano” y hacer frente con dignidad a “sus responsabilidades familiares”.
En nuestro país, la Constitución Nacional establece que: “el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter integral e irrenunciable” (artículo 14 bis). Dicha norma además, emite una directiva clara: “la protección integral de la familia”, mediante la “compensación económica familiar”. Ello se concreta en el derecho de toda persona que trabaja y tiene familiares a cargo a percibir una asignación familiar -dineraria- que complementa al salario retributivo.
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